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 Cuando la falta de acuerdo por las vacaciones termina en los tribunales
Cinco Días - Falta de acuerdo al fijar las vacaciones
Falta de acuerdo a la hora de fijar las vacaciones

Muy interesante artículo publicado en Cinco Días sobre la conflictividad a la hora de determinar las vacaciones.

"Su disfrute depende de que el empleado y la compañía lleguen a un acuerdo en el que se respeten las garantías establecidas en el Estatuto de los trabajadores (ET), los convenios colectivos aplicables y los acuerdos de empresa. En caso contrario, es habitual que la disconformidad entre las partes sobre cómo, cuándo o las condiciones que deben asumirse para el ejercicio de este derecho al descanso retribuido, acabe resolviéndose en los tribunales."

Os dejamos el enlace para vuestra lectura sosegada pero os destacamos ciertos puntos:


  • El empresario no puede resolver por su cuenta en qué fechas pueden los trabajadores disfrutar de las vacaciones que tengan pendientes. 
  • Si el trabajador no puede disfrutar de sus vacaciones por causas imputables a la empresa, como ya indicó el Tribunal de Justicia de la Unión europea, el empleado podrá aplazarlas y acumularlas sin limitación en el tiempo, o si decidiera no disfrutarlas, recibir una compensación por ellas. 
  • La empresa debe asumir las consecuencias de que el trabajador no pueda disfrutar de sus vacaciones, si una vez han sido concedidas, e incluso iniciadas, se interrumpen por necesidades de la empresa.



El sindicato exige a las empresas con las que trabaja un sueldo mínimo de 1.000 euros para sus trabajadores y trabajadoras
La Unión General de Trabajadores ha enviado una circular interna a todas sus organizaciones (Federaciones y Uniones Estatales, y Uniones de Comunidad Autónoma) para que todas las que tengan servicios subcontratados “revisen los contratos con el fin de que los trabajadores y trabajadoras de dichas empresas, destinados a los servicios de UGT, no tengan, en ningún caso, salarios inferiores a 1.000 euros”.
Del mismo modo, la misiva, firmada por el Secretario General, Pepe Álvarez, y el Secretario de Organización, Rafael Espartero, señala que UGT exigirá a las empresas que con las que trabaje, un salario mínimo de convenio de 1.000 euros en los términos que establece el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) firmado el pasado 5 de julio.
Para el sindicato, esta medida es “coherente” con el acuerdo firmado, que “tiene carácter obligacional, por lo que compromete a las organizaciones firmantes a promover todas las actuaciones pertinentes para que sus contenidos se trasladen adecuadamente a la negociación de cada ámbito y, además, se cumplan”.

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